LCB

Código de Ética

Todos los profesionistas certificados por la LCB se declaran conscientes y se comprometen a respetar de manera íntegra el presente Código de Ética:

CÓDIGO DE ÉTICA – LCB

Preámbulo

Los programas de cumplimiento poseen un papel fundamental para el buen funcionamiento de las compañías, puesto que, además de proporcionar una mayor seguridad en la realización de transacciones comerciales de las compañías, son una salvaguarda de las empresas al momento de determinar la responsabilidad derivada de cualquier acto ilegal, ya que pueden justificar objetivamente una desaceleración de la posible sanción por las autoridades.

Las leyes de anticorrupción en diversos países más consolidados en materia de cumplimento, así como en América Latina, a las empresas tener un programa de cumplimiento o de integridad, para obtener una sensible reducción de la pena, siempre y cuando compruebe la existencia de un programa efectivo.

En este escenario, el profesionista de cumplimiento gana un papel inédito y destacado en América Latina, asumiendo el papel de maestro del programa de cumplimiento y siendo el responsable por la estructuración de pilares de prevean la prevención, detección y toma de medidas necesarias para el mantenimiento de un buen desempeño de las operaciones de las compañías, guiándose siempre por la ética y la integridad.

Consciente de tales responsabilidades, LCB desenvolvió este código de conducta con 6 puntos esenciales para el buen desempeño de cualquier función profesional en el segmento de cumplimiento.

1. Ética. Los profesionistas certificados deberán asegurar la absoluta transparencia en sus actos, sin tomar parte o tolerar conductas impropias, independientemente del local, país o ambiente en que ocurran, incluso si es expresamente solicitado por la dirección de la empresa en la que realiza sus tareas, y adoptar las medidas necesarias para salvaguardar el cumplimiento de las leyes locales e internacionales a las cuales estamos sometidos.

2. Imparcialidad. En la realización de sus actividades, los profesionales certificados deben llevar a cabo los ensayos guiados por la ética y la justicia, que refutan criterios basados en prejuicios, estatus económico, social, raza o género de los involucrados en cualquier discusión que se constaten. En demandas multidisciplinares, el profesionista certificado deberá, de acuerdo al límite de sus condiciones, obtener orientación de profesionales especializados, encaminado a buscar un análisis técnico y racional de las cuestiones a las cuales está siendo sometido.

3. Sigilo y Confidencialidad. Los profesionistas certificados deberán guiarse por el sigilo y confidencialidad en el desempeño de sus actividades, preservando la imagen e intimidad de los involucrados en cualquier caso con los cuales tenga contacto, siendo un requisito por ley, o ante la discusión de los grandes valores éticos para la empresa, como la salud y la seguridad, el profesional certificado podrá abrir mano de la confidencialidad, de acuerdo a la necesidad y adecuada divulgación.

4. Análisis de riesgos. Es deber de los profesionistas certificados llevar con el debido cuidado todos y cada uno de los análisis de riesgos, preliminarmente la construcción de un programa de cumplimiento, revisándolo periódicamente en busca de efectividad y reportarlo a la administración, con claridad, los riesgos existentes y las medidas necesarias para tu mitigación, así como eventuales medidas coercitivas recomendadas, relacionadas no solamente a los colaboradores, sino también a terceros con los que interactúe.

5. Deber de actuar. Es responsabilidad del profesionista certificado tomar las medidas necesarias para enderezar y dar buen desarrollo a todos los casos que le sean comunicados, designándolos a las áreas pertinentes, sin eximirse de la responsabilidad de gerenciamiento de informaciones y oportuno reporte.

6. Responsabilidad social. Los profesionistas certificados deberán estar convencidos de que la responsabilidad social del profesionista, va más allá de los intereses corporativos, debiendo así, asumir la responsabilidad de la concientización social de profesionales y terceros relacionados, promoviendo así, siempre la ética y las buenas prácticas.